El discurso referido

 Se denomina discurso referido aquel que refiere otro discurso: es decir, el hablante, autor de un texto, reproduce lo que otro hablante ha dicho, incorpora a su propio su propio discurso unas palabras ajenas.

Dos son los procedimientos esenciales para ello: el estilo directo y el estilo indirecto. Mediante el primero, las palabras del otro se citan textualmente, después de un verbo de lengua (decir, gritar, añadir, preguntar, responder, etc.) o de entendimiento (pensar, suponer, considerar, etc.), separadas sólo de dicho verbo por una pausa, que en la escritura se representa por medio de dos puntos (:), la raya (-) o el entrecomillado ("....") marcan el procedimiento:

Pedro dijo: "En esta casa no hay nadie".

La mujer pensaba: "Con lo que me den por este coche, me iré de vacaciones".


En el estilo indirecto, la inclusión aparece marcada por un nexo conjuntivo (que, si) y las palabras no son textuales:

Pedro dijo que en la casa no había nadie.

La mujer pensaba, que con lo que diesen por aquel coche, se iría de vacaciones.

Los tiempos de los verbos, el sistema de las personas gramaticales (la 1ª y 2ª se convierten en 3ª), los demostrativos y algunos adverbios cambian necesariamente. Otros cambios léxicos y sintácticos, menos sistemáticos, se deben a las exigencias exigencias del registro de la narración o de la lengua escrita, distintas de las de la lengua oral del estilo directo:

Javier dijo al entrar: "Seis pencos".

Javier dijo, al entrar, que traía seis suspensos.


Sintácticamente, tanto el estilo directo como el indirecto son sintagmas nominales o proposiciones sustantivas, en función de complemento directo del verbo principal.


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